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¿Quiénes pueden recibir una ayuda?

  • Empresarios y empresarias individuales (autónomos).
  • Sociedades mercantiles (S.A., S.L., S.A.L., S.L.L.).
  • Cooperativas.
    En los tres casos precedentes se aplica siempre que no superen los 50 trabajadores, ni los 10 millones de euros de volumen de negocio anual o balance general anual.
  • Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro.
  • Ayuntamientos y Mancomunidades.